Manual de Procedimientos del Programa de Incentivos

Aprobado por Resolución MECyT Nº 811/2003 y modificado en sus artículos 6º, 15º y 24º por Resolución MECyT Nº 218/2004  

 

Correo electrónico: cate2004@me.gov.ar

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TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1°.- (NORMAS QUE RIGEN EL PROGRAMA)

El Programa de Incentivos a los Docentes-Investigadores instituido por el Decreto N° 2.427/93, se regirá por las normas del presente Manual de Procedimientos que sustituye al aprobado por Resolución Ministerial Nº 2307/97, de conformidad con lo previsto en la Decisión Administrativa N° 665/97.

ARTÍCULO 2°.- (AUTORIDADES DE APLICACIÓN)

Las SECRETARÍAS DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS (SPU) y DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACION PRODUCTIVA (SECYT) del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGIA constituyen en forma conjunta la autoridad máxima de aplicación, reglamentación e interpretación del Programa y decidirán cualquier cuestión no prevista expresamente en el presente manual.

ARTÍCULO 3°.- (ADMINISTRACION DEL PROGRAMA)

La administración del Programa estará a cargo de un Coordinador que dependerá directamente del Secretario de Políticas Universitarias, ajustándose en un todo a las disposiciones y reglamentaciones que rigen la función pública del Estado Nacional y lo dispuesto en las normas que rigen el Programa. Será asistido por una Comisión Asesora integrada por CUATRO (4) miembros designados de la siguiente forma: DOS (2) por el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL (CIN) y DOS (2) por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. Los miembros de la Comisión ejercerán esa función ad honorem.


Correo electrónico: cate2004@me.gov.ar

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