Desde el 14 de junio al 30 de julio de 2004, se efectuó la convocatoria original a categorización para los docentes-investigadores de las universidades nacionales, que fue prorrogada hasta las 12:00 horas del día 9 de agosto del mismo año

 

 

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Noticias del Programa de Incentivos a los Docentes-Investigadores

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



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Excepción al cumplimiento de los requisitos de cargo docente para acceder a las categorías del Programa de Incentivos

Por resolución SPU Nº 181/SECYT Nº 636 del 26 de julio de 2004, se exceptúa por esta única vez del cumplimiento de los requisitos de cargo docente previstos en el Art. 18 del Manual de Procedimientos, a fin de colocar a todos los docentes investigadores que se categoricen en las mismas condiciones de quienes se beneficiaron de la Resolución SPU Nº 11 y SCT Nº 21/98.

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Docentes que podrán presentarse a la categorización

Podrán solicitar su categorización aquellos docentes contemplados en el Art. 51ª de la Ley de Educación Superior, es decir, que cumplan con las condiciones de percibir una retribución y prestar funciones docentes.

También podrán presentarse los docentes investigadores que pertenezcan a los institutos universitarios de las Fuerzas Armadas y los que se desempeñan en universidades provinciales que hayan sido reconocidas, en el marco de lo previsto en el Artículo 69 de la Ley de Educación Superior. Estos docentes no están habilitados para el cobro del incentivo en el marco del Programa, debiendo hacerlo a partir de fondos que a ese fin destinen las respectivas jurisdicciones presupuestarias.

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Conformación del Comité de Evaluadores

Para la conformación de los Comités Evaluadores, la Comisión Nacional de Categorización deberá ajustarse a las siguientes instrucciones del Secretario de Políticas Universitarias:

"Para el proceso de categorización en curso, la Comisión Nacional de Categorización deberá recomendar a las respectivas Comisiones Regionales, el cumplimiento del Artículo 17º del Manual de Procedimientos, que prevé que los comités evaluadores estén integrados por docentes-investigadores pertenecientes al Banco de Evaluadores, que serán designados procurando que reflejen una equilibrada integración disciplinaria. En este aspecto deberá prestarse especial atención al perfil de los docentes investigadores que se presenten a la categorización. Esto es especialmente crítico en carreras que como Ciencias de la Comunicación, Informática y Trabajo Social, convocan una importante porción de la matrícula, por lo que la acción de un mecanismo de apoyo a la calidad educativa, como el Programa de Incentivos, resulta particularmente valioso"

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Requerimientos para el llenado del Formulario

Respecto al llenado del formulario de categorización, la Comisión Nacional de Categorización y las respectivas Comisiones Regionales de Categorización deberán ajustarse a lo estipulado en la siguiente comunicación del Secretario de Políticas Universitarias:

"La convocatoria voluntaria a categorización, en el marco del Programa de Incentivos actualmente en curso, resulta obligatoria para aquellos docentes investigadores con categoría A, que hasta ahora formaron parte del banco de evaluadores del citado programa. Se trata por lo tanto de docentes-investigadores cuyos méritos han sido evaluados en 1994/1995 o que pertenecen a la Carrera del Investigador del CONICET."

"La Comisión Nacional de Categorización deberá notificar a las respectivas Comisiones Regionales que dichos docentes-investigadores, como así también aquellos que tengan una antigüedad en la docencia superior a los veinte años, quedan eximidos de consignar los números de resolución correspondientes a los cargos que ocuparon con anterioridad a julio de 1999."

"Al respecto deberá tenerse en cuenta el carácter de Declaración Jurada que reviste el curriculum que se solicita".

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Docentes con Dedicación Simple

Los docentes con dedicación simple pueden presentarse en la presente convocatoria a categorización. El cobro del incentivo estará sujeto a las condiciones establecidas en el Art. 25 del Manual de Procedimientos.

Respecto a la situación de estos docentes, el Secretario de Políticas Universitarias ha enviado a los rectores de las universidades nacionales la siguiente nota:


NOTA SPU Nº 324/04

Buenos Aires, 15 de julio de 2004


SEÑOR RECTOR

Como es de su conocimiento, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha lanzado un programa de incremento de la dedicación de los docentes en las universidades nacionales. Este programa se implementará en etapas, apuntando a solucionar distintas problemáticas del sistema universitario.

En particular en el caso del Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores, el Manual de Procedimientos vigente desde el 16 de mayo de 2003, prevé que los docentes que participan deben tener relación semiexclusiva o exclusiva. A fin de asegurar la continuidad de proyectos de investigación en que participen docentes con dedicación simple, solicito a Ud. que envíe a esta Secretaría la siguiente documentación:

1) Un listado de aquellos docentes-investigadores que se encuentren en esa situación.

2) Los proyectos de investigación en los que participan. Deberá consignarse la fecha de inicio de cada proyecto y la fecha de finalización, señalando las causas por las que no hubieran concluido en las fechas inicialmente previstas.

3) Las evaluaciones realizadas sobre el desempeño de los mencionados docentes, de acuerdo a las pautas establecidas en los Artículos 33 y 34 del Manual de Procedimientos del Programa de Incentivos.

Sobre la base de esa información, los docentes involucrados serán considerados por esta Secretaría en el plan de reconversión de la planta de esa universidad. También será imprescindible contar con la conformidad del docente investigador para su cambio de dedicación.

Sin otro particular, lo saludo atentamente.

Dr. Juan Carlos Pugliese
Secretario de Políticas Universitarias
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología

 

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Otros

Becarios de organismos de ciencia y tecnología

En el artículo 25 c), del Manual de Procedimientos, se deben incluir a los becarios de organismos nacionales de ciencia y tecnología, siempre y cuando tengan el aval de la universidad respecto a las tareas que cumplen.

Respecto al llenado del formulario de categorización

a) Docentes que tienen más de un cargo Consignar los otros cargos en el punto 11 del formulario, en "cátedra".

b) Cómo consignar en punto 6.7 del formulario la "presentación en reuniones científicas"

En el punto 6.7 del formulario, sólo se consignará un breve resumen de hasta 50 palabras de la presentación, si la misma o su resumen no han sido publicados en Actas o publicaciones presentadas en el congreso.

c) Domicilio legal

Para quienes no hayan consignado específicamente el domicilio legal, se considerará como tal el domicilio que figura en el formulario de categorización, en 'datos personales'.

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