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Noticias
del Programa de Incentivos a los Docentes-Investigadores
Prórroga
hasta el 9 de agosto de 2004, a las 12:00 horas
Por resolución conjunta de la SPU Nº 182/04 y de la SECyT Nº 641/04
se establece una prórroga para la presentación de las solicitudes de
categorización. El plazo se extiende hasta el día 9 de agosto de 2004
a las 12:00 horas.
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Excepción
al cumplimiento de los requisitos de cargo docente para acceder a las
categorías del Programa de Incentivos
Por resolución SPU Nº 181/SECYT Nº 636 del 26 de julio de
2004, se exceptúa por esta única vez del cumplimiento de los
requisitos de cargo docente previstos en el Art. 18 del Manual de
Procedimientos, a fin de colocar a todos los docentes investigadores que
se categoricen en las mismas condiciones de quienes se beneficiaron de
la Resolución SPU Nº 11 y SCT Nº 21/98.
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Docentes
que podrán presentarse a la categorización
Podrán solicitar su categorización
aquellos docentes contemplados en el Art. 51ª de la Ley de Educación
Superior, es decir, que cumplan con las condiciones de percibir una
retribución y prestar funciones docentes.
También podrán presentarse los docentes investigadores que pertenezcan
a los institutos universitarios de las Fuerzas Armadas y los que se
desempeñan en universidades provinciales que hayan sido reconocidas, en
el marco de lo previsto en el Artículo 69 de la Ley de Educación
Superior. Estos docentes no están habilitados para el cobro del
incentivo en el marco del Programa, debiendo hacerlo a partir de
fondos que a ese fin destinen las respectivas jurisdicciones
presupuestarias.
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Conformación
del Comité de Evaluadores
Para la conformación de los Comités Evaluadores, la
Comisión Nacional de Categorización deberá ajustarse a las siguientes
instrucciones del Secretario de Políticas Universitarias:
"Para el proceso de categorización en curso,
la Comisión Nacional de Categorización deberá recomendar a las
respectivas Comisiones Regionales, el cumplimiento del Artículo 17º
del Manual de Procedimientos, que prevé que los comités evaluadores
estén integrados por docentes-investigadores pertenecientes al Banco de
Evaluadores, que serán designados procurando que reflejen una
equilibrada integración disciplinaria. En este aspecto deberá
prestarse especial atención al perfil de los docentes investigadores
que se presenten a la categorización. Esto es especialmente crítico en
carreras que como Ciencias de la Comunicación, Informática y Trabajo
Social, convocan una importante porción de la matrícula, por lo que la
acción de un mecanismo de apoyo a la calidad educativa, como el
Programa de Incentivos, resulta particularmente valioso"
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Requerimientos
para el llenado del Formulario
Respecto al llenado del formulario de
categorización, la Comisión Nacional de Categorización y las
respectivas Comisiones Regionales de Categorización deberán ajustarse
a lo estipulado en la siguiente comunicación del Secretario de
Políticas Universitarias:
"La convocatoria voluntaria a
categorización, en el marco del Programa de Incentivos actualmente en
curso, resulta obligatoria para aquellos docentes investigadores con
categoría A, que hasta ahora formaron parte del banco de evaluadores
del citado programa. Se trata por lo tanto de docentes-investigadores
cuyos méritos han sido evaluados en 1994/1995 o que pertenecen a la
Carrera del Investigador del CONICET."
"La Comisión Nacional de
Categorización deberá notificar a las respectivas Comisiones
Regionales que dichos docentes-investigadores, como así también
aquellos que tengan una antigüedad en la docencia superior a los veinte
años, quedan eximidos de consignar los números de resolución
correspondientes a los cargos que ocuparon con anterioridad a julio de
1999."
"Al respecto deberá tenerse en cuenta el carácter de Declaración
Jurada que reviste el curriculum que se solicita".
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Docentes
con Dedicación Simple
Los docentes con dedicación simple pueden
presentarse en la presente convocatoria a categorización. El cobro del
incentivo estará sujeto a las condiciones establecidas en el Art. 25
del Manual de Procedimientos.
Respecto a la situación de estos docentes, el Secretario de Políticas
Universitarias ha enviado a los rectores de las universidades nacionales
la siguiente nota:
NOTA SPU Nº 324/04
Buenos Aires, 15 de julio de 2004
SEÑOR RECTOR
Como es de su conocimiento, el Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología ha lanzado un programa de incremento de la dedicación de los
docentes en las universidades nacionales. Este programa se implementará
en etapas, apuntando a solucionar distintas problemáticas del sistema
universitario.
En particular en el caso del Programa de Incentivos a los Docentes
Investigadores, el Manual de Procedimientos vigente desde el 16 de mayo de
2003, prevé que los docentes que participan deben tener relación
semiexclusiva o exclusiva. A fin de asegurar la continuidad de proyectos
de investigación en que participen docentes con dedicación simple,
solicito a Ud. que envíe a esta Secretaría la siguiente documentación:
1) Un listado de aquellos docentes-investigadores que se encuentren en esa
situación.
2) Los proyectos de investigación en los que participan. Deberá
consignarse la fecha de inicio de cada proyecto y la fecha de
finalización, señalando las causas por las que no hubieran concluido en
las fechas inicialmente previstas.
3) Las evaluaciones realizadas sobre el desempeño de los mencionados
docentes, de acuerdo a las pautas establecidas en los Artículos 33 y 34
del Manual de Procedimientos del Programa de Incentivos.
Sobre la base de esa información, los docentes involucrados serán
considerados por esta Secretaría en el plan de reconversión de la planta
de esa universidad. También será imprescindible contar con la
conformidad del docente investigador para su cambio de dedicación.
Sin otro particular, lo saludo atentamente.
Dr. Juan
Carlos Pugliese
Secretario de Políticas Universitarias
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
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Otros
Becarios de organismos de ciencia y
tecnología
En el artículo 25 c), del Manual de Procedimientos, se deben incluir a
los becarios de organismos nacionales de ciencia y tecnología, siempre y
cuando tengan el aval de la universidad respecto a las tareas que cumplen.
Respecto al llenado del formulario de categorización
a) Docentes que tienen más de un cargo Consignar los otros cargos
en el punto 11 del formulario, en "cátedra".
b) Cómo consignar en punto 6.7 del formulario la
"presentación en reuniones científicas"
En el punto 6.7 del formulario, sólo se consignará un breve resumen de
hasta 50 palabras de la presentación, si la misma o su resumen no han
sido publicados en Actas o publicaciones presentadas en el congreso.
c) Domicilio legal
Para quienes no hayan consignado específicamente el domicilio legal, se
considerará como tal el domicilio que figura en el formulario de
categorización, en 'datos personales'.
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